La ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE GOSHINDO TAIKIJUTSU RYU, se constituye como una entidad privada al amparo de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, y normas complementarias, sin animo de lucro, con capacidad jurídica y plena capacidad de obrar, que reúne a deportistas, técnicos, jueces, Clubes, Agrupaciones deportivas y otras entidades para la practica, promoción y organización del Sistema Marcial de Defensa Personal Goshindo Taikijutsu Ryu.
Registrada en el Registro Nacional con Nº 591430. Ministerio del Interior del Gobierno de España.
Según los estatutos de la Asociación (arts.4 y 5), esta Asociación podrá integrar a todas aquellas Disciplinas que se desarrollen en Asociaciones y Clubes que
fomenten y que tengan como fines comunes el desarrollo y la practica de las Artes Marciales en General
Esta Asociación tiene como fines:
1. Promover, practicar y contribuir al desarrollo y difusión del
Goshindo
Taikijutsu Ryu tanto a nivel nacional como a nivel internacional
2. Calificar, ordenar y autorizar las competiciones oficiales de ámbito
Nacional e Internacional que dependan de esta Asociación
3. Emitir y tramitar Licencias Anuales, y Otorgar Reconocimientos y
Grados a todos los Asociados.
4. Organización y realización de actividades de formación, Cursos,
Exámenes de nivel, Titulaciones
5. Organización de Cursos, Seminarios y Exhibiciones dentro y fuera
del país
6. Administración, Gestión, Organización y reglamentación del
Goshindo Taikijutsu Ryu, y en su virtud es propio de ella, Formar,
Titular, y Calificar a los Árbitros, Jueces y Técnicos en el ámbito de
sus competencias.
7. Velar por el cumplimiento de sus normas reglamentarias y ejercer
la potestad disciplinaria con arreglo a las mismas.
8. Establecer el destino y la asignación de los recursos económicos
propios, gestionar los recursos que les transfieran otras entidades
para el desarrollo de su actividad y controlar la correcta aplicación
de todos sus recursos.
9. Asignar y controlar la aplicación de las subvenciones que pudiera
conceder a los clubes y agrupaciones deportivas adscritas a ella.
10. Elaborar sus estatutos y reglamentos deportivos.
11. La Cooperación e intercambio de información con otras Artes
Marciales dentro y fuera del país.